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kaguya

Objeción de Conciencia

La objeción de conciencia empieza a convertirse en la excusa perfecta para no cumplir con las obligaciones que la ley impone a cada cual.

Yo puedo entender que un ginecólogo o una ginecóloga se niegue a practicar un aborto por razones de conciencia, si para él o ella ese aborto es equivalente a un asesinato (sí, es una forma muy simplista de verlo, pero no es el momento de entrar a reflexionar en profundidad sobre ese tema). También, en su momento, podía entender que hubiese hombres que se negasen a hacer la mili o el servicio social substitutorio por objeción de conciencia - eso de trabajar sin cobrar durante un año entero es pecado, seguro. Además, la mili era discriminatoria, pues sólo era obligatoria para los hombres -.

La Biblia dice: “no yacerá el hombre con el hombre” (de la mujer, gracias a Dios, no dice nada), así que es lógico que un cura cristiano se niegue a oficiar una ceremonia religiosa para casar a dos señores, pues dicho matrimonio va en contra de las reglas de esa religión. Eso no es objeción de conciencia, es cumplir las normas. La única solución es cambiar de religión.

No hay ninguna ley que diga que los homosexuales no se pueden casar por lo civil (o, más bien, no la habrá cuando se apruebe la ley que permita el matrimonio homosexual). Los homosexuales podrán, por tanto, hacer un contrato por el que formalizarán una relación de pareja que ya existía antes del matrimonio, y gracias al cual, obtendrán ciertas ventajas, como por ejemplo, la posibilidad de adoptar hijos, de cobrar una pensión de viudedad, de hacer la declaración de la renta conjunta… incluso podrán divorciarse, si quieren.

¿Qué clase de objeción de conciencia se puede alegar a la hora de negarse a casar a una pareja homosexual? Una persona católica, por ejemplo, podrá decir que su Iglesia no ve con buenos ojos ese tipo de uniones matrimoniales, pero esa persona sabe que un matrimonio que no se realiza por el ritual religioso no es un sacramento, y por tanto, a los ojos de su dios y de la Iglesia Católica, ni es matrimonio ni es nada.

Desde el punto de vista jurídico, no hay ninguna razón que impida que dos seres humanos que cumplan con los requisitos que marca la ley, firmen un contrato de matrimonio. Si la ley no dice que uno de esos requisitos es que los dos seres humanos sean de diferentes sexos… no veo donde está el problema.

A no ser que se sea una persona homófoba, a la que le moleste de una manera personal que las parejas de gays y lesbianas puedan disfrutar de los mismos derechos que las parejas hetero – ¡Donde vamos a llegar! Esos pervertidos tendrían que estar todos encerrados en la cárcel y recibiendo electroshock hasta que se volviesen normales -, no se me ocurre ninguna razón por la que alguien quiera negarse a realizar un matrimonio civil homosexual. Pero la homofobia no puede ser un motivo válido para alegar objeción de conciencia… ¿o si?

No se me olvida que el matrimonio homosexual implicará que las parejas de gays y lesbianas podrán adoptar, y que hay gente que opina que dos personas del mismo sexo no pueden ejercer la paternidad (o maternidad) tan bien como lo hacen las parejas mixtas. ¿De verdad funcionan tan bien las familias basadas en matrimonios heterosexuales como para defender este modelo a ultranza?. Y, ¿es el único modelo básico de familia en la actualidad?. Creo que es evidente que la respuesta para ambas preguntas es “no”.

Sin embargo, aun suponiendo que aceptamos la homofobia o el rechazo a la adopción de hijos por parte de familias homosexuales como razón válida para declarase objetor de conciencia, ¿es la objeción de conciencia un motivo válido para negarse a cumplir las obligaciones que impone la función pública?.

Según me dice mi amigo Alex – que a veces me hace de asesor legal online -, los y las ediles, al aceptar la alcaldía, aceptan también todas las responsabilidades que van asociadas la misma (faltaría mas ¿no?), aunque no acaba de estar claro hasta que punto casar por lo civil a la gente que lo solicite es una obligación del edil. Desde luego, las personas que quieren contraer matrimonio tienen derecho a hacerlo a través del ayuntamiento o de los juzgados… A primera vista, y desde el punto de vista de una persona que como yo, no tiene ni puta idea de derecho, la solución es sencilla: una alcaldesa o alcalde, objetora u objetor de conciencia, podría negarse a casar a una pareja homosexual, delegando la responsabilidad en otra persona, de manera que los derechos de los contrayentes no se vieran mermados. No parece mala idea.

El caso de los jueces es más peliagudo. El juez, como funcionario público, sí tiene la obligación de casar. ¿Es aceptable que se niegue a hacerlo alegando objeción de conciencia?.

En mi opinión, desde luego, no lo es. Si lo fuese, podría darse el caso de que los jueces se convirtiesen también en censores de matrimonios, teniendo potestad para decidir quien se casa con su pareja y quien no. Ya puedo imaginarme al juez diciendo: “Hija, este tío no te conviene. Mejor te buscas otro novio que sea banquero y gane muchos billetes, que este que tienes no te va a poder comprar el chalet con piscina”. Como si lo viera.

Por otra parte, quizá no estaría tan mal. Yo me negaría a pagar impuestos, por objeción de conciencia, y a trabajar los viernes, ya puestas… Pensándolo bien… olvida todo lo que he escrito hasta ahora. ¡¡¡Viva la objeción de conciencia!!!

Nota: Edito este post para aclarar que desde el punto de vista de Alex, los alcaldes tienen el mismo grado de responsabilidad que los jueces, y que están igualmente obligados a cumplir con las funciones de su cargo, por lo que todo lo dicho sobre los jueces, sería también aplicable para los ediles.

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